Libertad condicional en el marco del Programa Mantener a las familias unidas

El programa Keeping Families Together ofrece un proceso que permite a determinados cónyuges e hijastros indocumentados no ciudadanos de EE.UU. solicitar el Parole in Place para poder solicitar el Estatus de Residente Permanente Legal sin tener que separarse de sus familias saliendo de EE.UU. para su tramitación. El programa «Mantener a las familias unidas» es un proceso de 2 pasos. El cónyuge o hijastro no ciudadano de un ciudadano estadounidense solicita primero la Libertad Condicional Provisional, que le permite solicitar el Ajuste de Estatus a la Condición de Residente Permanente Legal (una «Tarjeta Verde»).

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Requisitos y elegibilidad

Para solicitar la Libertad Condicional In Situ en el marco del programa «Mantener a las familias unidas», debes cumplir los siguientes criterios:

Si eres el cónyuge no ciudadano de un ciudadano estadounidense, debes:

  1. Estar presente en Estados Unidos sin admisión ni libertad condicional;
  2. Haber estado físicamente presente de forma continuada en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2014 hasta la fecha de presentación de tu solicitud;
  3. Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense el 17 de junio de 2024 o antes;
  4. No tener antecedentes penales inhabilitantes y, por lo demás, no ser considerados una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza; y
  5. Presentar datos biométricos y someterse a las comprobaciones de antecedentes requeridas y a la investigación de seguridad nacional y pública.

Si eres hijastro no ciudadano de un ciudadano estadounidense, debes:

  1. Ser menor de 21 años y soltero el 17 de junio de 2024;
  2. Estar presente en Estados Unidos sin admisión ni libertad condicional;
  3. Haber estado físicamente presente de forma continuada en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2024 hasta la fecha de presentación de tu solicitud;
  4. Tener un progenitor no ciudadano que haya contraído matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense el 17 de junio de 2024 o antes, y antes de que cumplas 18 años;
  5. No tener antecedentes penales inhabilitantes y, por lo demás, no ser considerados una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza*; y
  6. Presentar datos biométricos y someterse a las comprobaciones de antecedentes requeridas y a la investigación de seguridad nacional y pública.

Proceso de solicitud

El proceso de Parole in Place se inicia mediante la presentación de un formulario I-131F ante el USCIS. El formulario sólo puede presentarse por Internet. La tasa de presentación es de 580 $. Si se aprueba la solicitud, el cónyuge o hijastro no ciudadano tendrá una validez de 3 años. Sin embargo, si abandonas EE.UU., la Libertad Condicional finaliza automáticamente. Además, el Departamento de Interior puede anular la libertad condicional en cualquier momento si determina que ya no está justificada, por ejemplo, tras la comisión de un delito.

Sin embargo, la ventaja más importante del Parole in Place es que proporciona un estatus legal al cónyuge o hijastro no ciudadano que les permite solicitar después un ajuste de ese estatus a Residente Permanente Legal basado en el patrocinio de su cónyuge o padrastro ciudadano estadounidense.

Preguntas más frecuentes (FAQ)

¿Qué tipo de documentación justificativa tengo que presentar con mi solicitud de Libertad Condicional In Situ?

Prueba de identidad

  1. Permiso de conducir o documento de identidad válido del Estado o del país;
  2. Partida de nacimiento con foto identificativa;
  3. Pasaporte válido; o
  4. Cualquier documento expedido por el gobierno de EE.UU. en el que figure tu nombre, fecha de nacimiento y foto.

Prueba de tu matrimonio (o el de tus padres) legalmente válido el 17/06/2024 o antes

  1. Certificado de matrimonio actual que demuestre que se celebró un matrimonio legalmente válido el 17 de junio de 2024 o antes; y
  2. Sentencia de divorcio o anulación, o certificado de defunción que demuestre que se puso fin a cualquier matrimonio anterior (si procede).

Prueba de la condición de ciudadano estadounidense del cónyuge o padrastro o madrastra

  1. Certificado de nacimiento estadounidense;
  2. Certificado de Naturalización;
  3. Certificado de Ciudadanía;
  4. Formulario FS-240, Informe consular de nacimiento en el extranjero; o
  5. La página biográfica del pasaporte estadounidense actual.

Prueba de presencia física continuada en Estados Unidos durante el periodo de tiempo requerido (desde al menos el 17 de junio de 2014 hasta la fecha de presentación, si solicitas la libertad condicional como cónyuge de un ciudadano estadounidense, o desde el 17 de junio de 2024 hasta la fecha de presentación, si solicitas la libertad condicional como hijastro de un ciudadano estadounidense).

  1. Transcripciones de impuestos del Servicio de Impuestos Internos con información fiscal;
  2. Recibos de alquiler o facturas de servicios públicos;
  3. Escrituras, declaraciones hipotecarias o contratos de alquiler;
  4. Extractos bancarios, de tarjetas de crédito o de préstamos que muestren transacciones regulares;
  5. Pólizas de seguros;
  6. Recibos de licencia, título o registro del automóvil;
  7. Historiales hospitalarios o médicos;
  8. Expedientes escolares (cartas, boletines de notas, etc.);
  9. Certificaciones de tu presencia física por parte de entidades religiosas, sindicatos u otras organizaciones cívicas o comunitarias;
  10. Documentos oficiales de una entidad religiosa que confirmen tu participación en una ceremonia religiosa;
  11. Certificados de nacimiento de niños nacidos en Estados Unidos;
  12. Recibos de giros postales por dinero enviado a o desde Estados Unidos; o
  13. Cualquier otro documento que demuestre que mantuviste tu presencia física en Estados Unidos.

Prueba de tu relación cualificada con tu padrastro o madrastra ciudadano estadounidense (sólo para hijastros)

  1. Tu partida de nacimiento en la que figure el nombre de tu progenitor no ciudadano; y
  2. Certificado de matrimonio de tu progenitor no ciudadano y tu padrastro o madrastra ciudadano estadounidense, en el que conste que se celebró un matrimonio legalmente válido el 17 de junio de 2024 o antes, y antes de que cumplieras 18 años.

Pruebas para demostrar que mereces un ejercicio favorable de la discrecionalidad para la libertad condicional basado en un beneficio público significativo o en razones humanitarias urgentes

USCIS examinará la totalidad de las circunstancias para determinar si debe concederse tu solicitud basándose en una revisión de todos los factores positivos y negativos de tu caso.

Si tienes una orden de expulsión definitiva no ejecutada, antecedentes penales no descalificadores u otra información derogatoria en tu caso, puedes aportar documentación adicional que creas que demuestra que tu libertad condicional está justificada por un beneficio público importante o por razones humanitarias urgentes, y que mereces un ejercicio favorable de la discreción. Dicha documentación puede referirse a, pero no se limita a:

  1. Vínculos con la comunidad;
  2. Tu vulnerabilidad particular relacionada con la edad avanzada o joven;
  3. Tiempo de presencia en Estados Unidos;
  4. Existencia de una afección o enfermedad mental o física que requiera atención o tratamiento en Estados Unidos;
  5. Tu condición de padre o cuidador de un hijo ciudadano estadounidense, o de padre o suegro anciano;
  6. Tu condición de cuidador de una persona con discapacidad, incluido un padre, pariente político o hermano ciudadano estadounidense;
  7. Tu condición de víctima o testigo de un delito o de una violación de los derechos civiles, o de una violación de los derechos laborales que esté siendo investigada por un organismo laboral;
  8. Efecto sobre otros miembros de la familia, incluidos los miembros de la familia que sean ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes;
  9. Cualquier factor atenuante relacionado con la conducta delictiva específica o con la orden de expulsión previa en cuestión.
  10. Otros factores positivos sobre los que desees proporcionar información.

¿Existe un plazo de presentación tras el cual USCIS ya no aceptará solicitudes de Keeping Families Together?

No, no hay plazo de presentación. Sin embargo, como este programa es de la Administración Biden, después de las elecciones de noviembre, la nueva Administración podría cancelarlo. Por tanto, es mejor solicitarlo lo antes posible.

Si el USCIS deniega mi solicitud de Parole in Place por algún motivo, ¿se me someterá a un procedimiento de expulsión?

En general, no, el USCIS no emitirá un Aviso de Comparecencia ni remitirá tu caso al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) basándose únicamente en la denegación. Sin embargo, si hay algún problema de que seas una amenaza para la seguridad nacional, la seguridad pública o la seguridad fronteriza, el USCIS puede iniciar un procedimiento de aplicación de las leyes de inmigración.

Si ya estoy en proceso de expulsión, ¿aún puedo optar al programa «Mantener a las familias unidas»?

Sí, el USCIS considerará tu solicitud de libertad condicional incluso si actualmente estás en proceso de expulsión ante un juez de inmigración.

Si tengo una condena penal, ¿aún puedo optar a este proceso?

No cumplirás los requisitos si tienes alguna condena por delito grave. Ciertos delitos graves te inhabilitarán independientemente de que la condena haya sido por delito grave o leve (asesinato, violación, delitos con armas de fuego, agresión con agravantes, violencia doméstica, ciertos delitos relacionados con sustancias controladas, etc.).

¿Puedo obtener una Tarjeta de Autorización de Empleo?

Sí, pero sólo después de que se apruebe la solicitud de Libertad Condicional In Situ. A continuación, puedes presentar la solicitud de una tarjeta de Autorización de Trabajo, que se concederá por el mismo periodo de 3 años que la Libertad Condicional.

Requirements & Eligibility
Application Process
Frequently Asked Questions (FAQs)
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